La reforma de la LOTT ha afectado, entre otros campos, a la regulación del transporte sanitario por carretera. La modifición más importante en este campo es la aproximación al régimen ordinario del otorgamiento de autorizaciones de transporte. Tras la reforma de la LOTT se requiere una única autorización a la empresa, con expedición tantas copias certificadas de ésta como vehículos acredite disponer.
La empresa titular de la autorización de transporte deberá disponer de al menos, ocho vehículos, frente a la norma anterior que establecía entre 3 y 10 en función de la población de residencia de la empresa.
También tendrá que tener un mínimo de 15 trabajadores adscritos a la plantilla de la empresa, de los cuales, al menos 6 deberán contar con el permiso de conducir y los niveles de formación exigibles para conducir los vehículos de la empresa, conforme establece el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo y de un número de conductores igual o superior al 80% del número de vehículos de que disponga.
La empresa deberá estar en posesión del certificado ISO 9001 (Sistema de gestión de calidad para empresas de transporte sanitario) y tendrá que contar con, al menos, un profesional que haya obtenido el certificado acreditativo de haber superado el Curso Superior en Gestión de Transporte Sanitario u otra titulación superior relacionada con la materia, entre las personas que de manera efectiva y permanente dirijan la empresa.