La Euroviñeta, vigente a partir de 2013.
El pasado 14 de octubre, ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el texto de la nueva Directiva Europea 2011/76/CE, adoptada recientemente por el Consejo, por la que se modifica la Directiva 1999/62/CE relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos pesados de transporte de mercancías por la utilización de determinadas in-fraestructuras (Directiva sobre la Euroviñeta).
Esto significa que a partir de esa fecha empieza a correr el plazo de 24 meses (hasta el 16 de octubre de 2013) de que dispone el Gobierno español para transponer el contenido de la Directiva al ordenamiento jurídico español.
La nueva Directiva añade a la ya existente regulación de la tasa por el uso de las infraes-tructuras la posibilidad de internalizar los costes externos referidos a la contaminación atmosférica y acústica, y fija métodos
homogéneos para el cálculo de los mismos dentro de la UE, dejando a la potestad de los estados miembro la implantación o no de la euro-viñeta.
Una posible implantación de la euroviñeta comportaría efectos negativos inmediatos en la competitividad de toda la economía española al encarecer el precio de todos los productos (el 85% se transporta por carretera) y dificultar las exportaciones como consecuencia de la situación periférica de España. Además, se trataría de medidas inflacionistas que afec-tarían de forma negativa al consumidor final, reduciendo su poder adquisitivo. En consecuencia, consideramos que esta medida lastraría todavía más la producción.