Las empresas que transporten mercancías peligrosas informarán anualmente a Fomento
Las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril o por mar que sean responsables de las operaciones de carga o descarga de transporte de peligrosas tienen hasta el 31 de marzo para enviar un informe de su consejero de seguridad a la Administración central.
Los consejeros de seguridad están obligados a redactar un informe anual, dirigido a la empresa, sobre las actividades de transporte de mercancías peligrosas de la empresa a la que están adscritos. El plazo de presentación del informe de 2010 comenzó el pasado 1 de enero y finalizará el próximo 31 de marzo. Dicho informe deberá ser redactado por el consejero de seguridad de la empresa y remitirlo por vía telemática a la siguiente dirección del Ministerio de Fomento: www.fomento.es/informesconsejeros/
Para comenzar a utilizar esta aplicación es necesario que la comunidad autónoma donde esté radicada la sede social de la empresa facilite al consejero una clave de identificación con un código de usuario y una contraseña. Las claves facilitadas en años anteriores seguirán siendo válidas este año y sucesivos, por lo que no hace falta solicitar nuevas claves, a no ser que hubiese algún cambio en el NIF de la empresa.
En el informe se deben indicar los datos de localización de todos los centros de trabajo para los que se hace el informe, es decir, aquellos en los que se realizan operaciones por las que, según el ADR, el vehículo debe ir señalizado con paneles naranja (cantidades superiores al 1.1.3.6).
Deberá conservarse copia del informe remitido durante cinco años.
El contenido de dicho informe se establece en la Orden FOM/2924/2006.