El Ministerio deFomento no ha considerado oportuno defender ante la Audiencia Nacional elrequisito mínimo de tres camionespara acceder al sector, tal y como ha reveladoFenadismer, organización que ha podido constatar esta realidad al estar personada en el procedimiento que sigue el citado tribunal por lademanda presentada el pasado año por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia contra el requisito.
Desde la organización que preside Julio Villaescusa no ocultan su sorpresa y preocupación por la actuación de Fomento y recuerdan que el ministerio “había anunciado públicamente su compromiso de mantener este requisito en el futuro y su defensa activa en la vía judicial”. La situación ha sido transmitida hoy mismo, 31 de mayo, al director general de Transporte Terrestre en la reunión celebrada en la sede ministerial.
Fue en julio del pasado año cuando la Audiencia Nacional admitió a trámite la demanda contencioso-administrativa interpuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra la exigencia del número mínimo de tres vehículos necesarios para acceder a la actividad del transporte de mercancías por carretera, la cual viene establecida en la vigente Orden del Ministerio de Fomento que regula los requisitos exigidos para la obtención de autorizaciones de transporte.
En su recurso, la Comisión Nacional de la Competencia considera que dicho requisito “vulnera los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación” recogidos en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado aprobada en 2013. Asimismo cabe destacar que dicho recurso ha contado con el apoyo expreso del Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Unidad de Mercado dependiente de la Dirección General de Política Económica, la cual considera que no existen razones de interés general que motiven la necesidad de disponer el requisito de los tres vehículos, argumentando asimismo que dicho requisito no existe en otros países de nuestro entorno “sin que se observen distorsiones en la actividad económica ni merma en la calidad de servicio”.
Debe tenerse en cuenta que de prosperar la demanda planteada por la Comisión Nacional de la Competencia, al día siguiente de dictarse la sentencia estimatoria por parte de la Audiencia Nacional supondría la derogación automática del requisito de disponer de una flota mínima inicial de tres vehículos nuevos para poder acceder a la actividad de transportista, por lo que en consecuencia a partir de esa fecha se podría acceder con un solo vehículo y sea cual sea su antigüedad, lo que en la práctica permitiría la entrada masiva y sin control de nuevos operadores al sector. Además ello tendría como efecto colateral la inmediata pérdida del valor patrimonial que ostentan las actuales autorizaciones en manos de los transportistas.
Llegados a este punto, desde Fenadismer advierten de que no van a dudar en “llevar a cabo todas las actuaciones procesales necesarias que eviten la derogación de la actual regulación del sector del transporte de mercancías por carretera en defensa del actual colectivo de transportistas que operan en España”.