El Ministerio de Fomento incluirá en el nuevo Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres (ROTT) la prohibición de que los conductores profesionales realicen en la cabina del camión el descanso semanal normal de 45 horas, tal y como informa Fenadismer en un comunicado.
Con esta medida, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, España sigue la senda emprendida hace ya tiempo por Francia, Bélgica, Alemania o Reino Unido y secundada más recientemente por Holanda, que hace menos de dos semanas anunció que haría cumplir la sentencia dictada el pasado 20 de diciembre por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que concluía que la cabina del camión no constituye el lugar adecuado para tomar el descanso semanal normal.
El dictamen del tribunal europeo establece la prohibición de realizar el descanso semanal normal en cabina y obliga a los Estados miembro a “establecer las sanciones aplicables a las infracciones de dicho Reglamento y tomar todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación de las sanciones que establezcan”.
Según adelantan desde Fenadismer, Fomento incluirá en el ROTT “el nuevo tipo infractor en desarrollo del tipo legal ya previsto en la Ley sobre incumplimiento de los descansos obligatorios, cuya graduación en la gravedad de la infracción se calculará en función del tiempo de descanso inadecuadamente tomado en la cabina del camión”.
En todo caso, desde la federación de transportistas hacen hincapié en el hecho de que la nueva infracción “sólo afectará a los descansos semanales normales, esto es, a los descansos superiores a 45 horas que los transportistas deben tomar obligatoriamente cada dos semanas, por lo que en la práctica los principales destinatarios de la misma serán los transportistas procedentes de otros países que pretendan realizar dicho descanso semanal en España a bordo del vehículo”.
Fenadismer había pedido la prohibición
Cumple así el departamento de Íñigo de la Serna con una de las pretensiones de la entidad presidida por Julio Villaescusa, que hace pocos días solicitaba al ministro que nuestro país cumpliera “con carácter inmediato” la sentencia dictada a finales de diciembre por el TJUE y prohibiera realizar el descanso de 45 horas en cabina.
Fomento da así la de cal tras desoír muchas de las propuestas formuladas tanto por Fenadismer como por muchas otras organizaciones empresariales del sector, que han pedido –sin éxito– en reiteradas ocasiones la flexibilización de algunas de las medidas incluidas en el proyecto del ROTT que verá definitivamente la luz el próximo 1 de julio.