Alemania se ha subido al carro de las prohibiciones para que los conductores de camión, tanto asalariados como autónomos, puedan realizar el descanso semanal normal en la cabina, sumándose así a países como Bélgica y Francia que establecieron una medida similar a finales de 2014. Las multas por incumplir esta nueva normativa germana, que ya está en vigor desde hoy, 25 de mayo, alcanza los 500 euros para los conductores y los 1.500 euros para las empresas de transporte.
Desde Fenadismer no dudan en dejar claro que la citada prohibición se aplica exclusivamente a los descansos semanales normales, esto es, a todos los descansos semanales superiores a 45 horas que los conductores deben tomar obligatoriamente cada dos semanas de conducción.
Al mismo tiempo, esta regulación está siendo analizada asimismo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con ocasión de la sanción impuesta por las autoridades belgas a una empresa transportista cuyo chófer estaba realizando el descanso semanal en la cabina.
De hecho, la Abogacía General del Tribunal Europeo emitió en febrero su informe preceptivo confirmando la legalidad de dicha regulación y su compatibilidad con la normativa europea, al entender que en lo que se refiere al descanso semanal el Reglamento comunitario 561/2006 debe “interpretarse en sentido de que un conductor no debe tomar el descanso semanal ordinario dentro del vehículo”, “por lo que previsiblemente en los próximos meses el Alto Tribunal europeo resolverá en el sentido de avalar las regulaciones nacionales sobre prohibición del descanso semanal de los conductores a bordo de los vehículos de transporte”, interpretan desde la organización de transportistas que preside Julio Villaescusa.