El Ministerio de Economía y Hacienda ha elaborado el Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (coloquialmente denominado régimen de módulos) para su próxima aprobación y publicación en el BOE, según informa Fenadismer, que recuerda que 2015 es el último año en que se mantiene el límite máximo de 300.000 euros de facturación en el año anterior para poder continuar acogido a dicho régimen.
La consecuencia de todo ello es que a partir de 2016 se reduce sensiblemente el límite máximo que permite acogerse a dicho régimen, ya que se establece un límite de facturación anual en el año anterior de 150.000 euros, y siempre que su facturación a empresas o profesionales no supere los 75.000 euros, "lo que prácticamente expulsará del régimen de módulos a la mayor parte de los transportistas autónomos que en la actualidad tributan por dicho régimen", avanzan desde la organización que preside Julio Villaescusa.
Con todo, en el proyecto de Orden de módulos para 2015 se mantiene idéntico el importe de los módulos que se aplican este año. Así, por lo que se refiere al sector del transporte en sus diferentes subsectores, el proyecto establece en el IRPF todas las actividades mantienen los mismos módulos establecidos en 2014, previéndose una reducción general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto al año 2014 como a 2015. En consecuencia los módulos de IRPF de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) quedarían fijado en 10.090,99 euros de personal no asalariado, 2.728,59 euros de personal asalariado y 126,21 de carga del vehículo.
En el IVA, se mantienen también los mismos módulos que en 2014, lo que supone que para el transporte de mercancías 4.149,99 euros de personal empleado y 388,55 de carga del vehículo.