Carpetazo de Competencia a prohibir que se trabaje por debajo de costes en el transporte

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia está radicalmente en contra de establecer una regulación legal que prohíba contratar por debajo de costes en el sector del transporte por carretera. Y así se lo ha comunicado al Ministerio de Fomento, que había realizado la correspondiente consulta sobre el asunto a este organismo regulador tras las demandas para aplicar la iniciativa por parte del sector del transporte.

De este modo, la Sala de Competencia de la CNMC emitió el pasado 14 de mayo un informe bajo el título “Informe sobre los costes relativos a la prestación de servicios de transporte de mercancías por carretera”, el cual fue notificado al Ministerio de Fomento en el día de ayer, 27 de mayo.

El citado Informe, tras hacer un análisis previo sobre la estructura empresarial del transporte por carretera en España y su preponderancia como medio de transporte preferente para el transporte de mercancías, con casi el 95% de cuota de mercado, reconoce que en diferentes ocasiones ha tenido ocasión de pronunciarse sobre el sector. Y cita, entre otros, el reciente Informe en el que cuestiona el requisito de antigüedad máxima de los vehículos de transporte exigida para poder obtener una autorización de transporte, por no ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad.

No deja lugar a muchas interpretaciones la CNMC cuando afirma que “la prohibición de prestar servicios de transporte por debajo de un determinado baremo de costes constituye una restricción a la libertad de fijación de precios de los operadores económicos, que por tanto restringe la competencia del mercado”. Además, entre las consecuencias que dicha hipotética prohibición podría conllevar, la Comisión Nacional de la Competencia señala que dicha prohibición podría tener como efecto “un impacto notable en los precios de los bienes finales”.

“No hay condiciones económicas abusivamente bajas”
Y entienden, además, que “no existen razones imperiosas de interés general que justifiquen la intervención regulatoria”, al no considerar que existan en la actualidad servicios de transporte de mercancías bajo condiciones económicas abusivamente bajas.

En relación a la existencia en otros países europeos de normativas reguladoras de la prohibición de la contratación por debajo de costes, en especial de la normativa francesa, la CNMC señala que “se trata de normativa de otro Estado miembro, que no forma parte de nuestro ordenamiento jurídico y por tanto no es de aplicación a los transportes en España”.

Por ello, el Informe concluye mandatando a las Administraciones Públicas para impulsar el incremento de la competitividad mediante marcos regulatorios que favorezcan la competencia y la eficiencia en los mercados, “evitando que determinadas disposiciones regulatorias puedan introducir distorsiones injustificadas que alteren el juego competitivo en perjuicio de los consumidores”.

Desde Fenadismer valoran desfavorablemente esta posición de la CNMC, organismo del que critican su “histórica posición ultraliberalizadora hacia el sector, sin atender a su dimensión microempresarial, con las consiguientes connotaciones sociales y de debilidad contractual que ello conlleva”.

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