Acuerdo Multilateral M325 en virtud de la sección 1.5.1 del ADR, relativo a inspecciones periódicas o intermedias de cisternas de conformidad del ADR*.
Por derogación de las disposiciones del ADR* todas las inspecciones periódicas e intermedias cuya validez finalice entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de agosto de 2020, seguirán siendo válidas hasta el 30 de agosto de 2020. Estas inspecciones se llevarán a cabo de conformidad del ADR* antes del 1 de septiembre de 2020.
Este acuerdo será válido hasta el 1 de septiembre de 2020 para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes ADR firmantes de este acuerdo. Si es revocado por alguno de los firmantes antes de esa fecha, seguirá siendo válido hasta la fecha arriba mencionada solo para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes signatarias de este acuerdo que no lo hayan revocado.
(* ver apartados)